
Para algunas personas, los terminos del sector inmobiliario suelen ser algo confusos, es por eso que en este post recopilamos algunos que te pueden ser de gran utilidad al momento de adquirir una propiedad.
Predio: Es otra manera de llamarle a los inmuebles, generalmente es un término muy relacionado con fincas y lotes.
Hipoteca: Es el derecho real que adquiere un acreedor sobre un inmueble, en virtud de un préstamo en especie o en dinero que previamente le entregó al propietario. Este acreedor tiene derecho preferencial sobre dicho inmueble en caso de incumplimiento del pago prometido en cantidad y plazo convenido.
Escritura: Este documento contiene la declaración de voluntad de una o varias personas con el fin de hacer un determinado contrato o un acto jurídico,
es de índole público, firmado y autorizado por un Notario par dar fé de su contenido.
Permuta: Es el contrato donde cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa por otra, en un contrato como este, debe observarse que si hubiese dinero de por medio, este debera ser de menor a la mitad del valor de la operación, pues al momento que el dinero involucrado es mayor, se convierte automaticamente en compraventa.
Prelación: Es la preferencia que se tienen en una inscripción del RPP lo que significa que si se inscribe primero en tiempo un embargo, y al dia sieguiente una compraventa, tiene preferencia el acreedor sobre la propiedad y de hecho podria ser rechazada la inscripción del aviso preventido de la compraventa, para darle preferencia a la deuda que se tiene sobre dicho acreedor.
Se parte de un principio juridico de que al primero en tiempo es primero en derecho.
Arriendo: Ceder el uso de un bien por un tiempo determinado a cambio de dinero.
Capital: Son todos los bienes y derechos, de los que eres el titular. En el capital no se contemplan las deudas ni las obligaciones.
Estatutos: Son una especie de reglas establecidas para regular, obligar y comprometer a personas.
Fianza de arrendamiento: Se refiere a la garantía o respaldo ante el incumplimiento del pago del arriendo.
Mora: Cuando alguien deja de cumplir sus obligaciones de pago en el momento definido, es cuando hay retrasos en el pago.
Título de propiedad: Se refiere a los derechos que se tienen sobre algo, es una escritura que acredita la propiedad de un inmueble.
Zonas comunes: Corresponde a los espacios compartidos entre los residentes de los edificios o unidad.
Avalúo: Determina el valor de un bien.
Capacidad de pago: Monto que el titular de un crédito puede destinar al pago de las cuotas del mismo.
Embargo: Medida cautelar tomada por el juez, con lo cual se impide que el bien embargado sea vendido o de alguna manera se disponga de este.
Cláusula Penal: Estimación en dinero, anticipada de perjuicios, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones pactadas en un contrato.
Cláusulas: Condiciones o estipulaciones convenidas entre las partes que se regirá un contrato.
Destinación Del Inmueble: Se refiere al uso y el goce para el cual fue arrendado un inmueble.
Incremento: Factor que se tiene en cuenta para el reajuste del valor del canon de arrendamiento de acuerdo a la destinación pactada sobre el uso de un inmueble.
Linderos: Descripción detallada del lugar donde se encuentra un inmueble arrendado con respecto a otros inmuebles, se hace con el uso de las coordenadas geográficas.
Poder: Documento escrito que en el que se otorga a una persona facultades para hacer algo en nombre y por cuenta de otra. (ej. poder para firmar un contrato de arrendamiento).
Prórroga: Continuación del contrato de arrendamiento en las condiciones originalmente pactadas.